Restricciones de aparcamiento y velocidad
La ciudad de Madrid se enfrenta por primera vez en su historia a medidas que condicionan la velocidad en la M-30 y el aparcamiento en la almendra central, por la elevada concentración de gases NO2 a consecuencia de las condiciones meteorológicas.
Desde hace ya algunos días puede observarse desde las afueras de la capital de España, como una «boina» de nube gris está situada de forma permanente sobre la ciudad. Esta circunstancia ha obligado al Ayuntamiento de Madrid a aplicar sin preaviso y por primera vez en su historia el protocolo de medidas de actuación durante episodios de alta contaminación, aprobado el pasado 5 de febrero del presente año.
Este hecho a provocado en los madrileños todo tipo de reacciones (la mayoría negativas) debido a la falta de previsión en el preaviso obligatorio a la población a través de los medios de comunicación: 3 días consecutivos de preaviso ó 2 días consecutivos de aviso ó 3 días consecutivos de preaviso + 1 de aviso.
Seguido a la aplicación de la limitación de la velocidad en la M-30 a 70 km/h (y en los tramos de las carreteras de acceso a Madrid, comprendidas en el interior de la M-40: en las vías de acceso a Madrid, en ambos sentidos), como medida preventiva por los elevados niveles de contaminación en la ciudad de Madrid (hoy también vigente), en el día de ayer se registraron de nuevo altos niveles de dióxido de nitrógeno durante la noche y se ha activado el escenario 2 del Protocolo de Medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno en la Ciudad de Madrid: desde las 22:00 h del día de ayer 13 de noviembre de 2015 se prohíbe el estacionamiento en el Área del Servicio de Estacionamiento Regulado ( S.E.R. ). No se podrá estacionar sin tarjeta de residente, con la excepción de los vehículos comerciales, de personas con movilidad reducida y los cero emisiones (eléctricos), dirigiendo a la población de forma masiva a la alternativa del Transporte Público.
Las medidas se desactivarán tan pronto como dejen de darse los niveles de alta contaminación que han determinado su aplicación.
PREGUNTAS FRECUENTES
Soy residente, ¿puedo estacionar en mi zona?
Sí, puedes estacionar en el barrio que te corresponda, siempre en zona verde.
Tengo un vehículo híbrido, ¿me afecta esta medida?
Este tipo de vehículos también contaminan, por lo que se les aplica la misma restricción.
Soy minusválido.
Si tienes la tarjeta de minusválido, podrás estacionar en las plazas habilitadas para tal efecto.
¿Y, qué hago con mi coche?
El Ayuntamiento de Madrid recomienda que se utilice el transporte público y, en el caso que se necesite desplazarse en coche, se puede aparcar en un aparcamiento público.
¿Puedo ser sancionado?
Si, puedes ser sancionado si incumples las medidas aplicadas por el Ayuntamiento (90 € de sanción).
¿Fuera del horario del estacionamiento regulado puedo estacionar?
Sí, la medida se aplica únicamente en el horario de funcionamiento del S.E.R