Controles de radar: la regla del siete

10 marzo, 2015
MARIANO NIETO

La DGT pone en marcha nuevas medidas para la gestión de la velocidad.

El aumento de la siniestralidad (88 muertos más en enero) ha causado la natural alarma en la DGT, que no ha procurado invertir en seguridad y mantenimiento vial en los años de vacas flacas, colgándose la medalla de la disminución de accidentes cuando ésta se debía simplemente al descenso del tráfico por la crisis.

Nuevos Radares 2008

Y ahora, como medida de cara a la galería, la directora María Seguí anuncia una nueva política de localización de radares, con anuncio previo de su situación (tanto fijos como móviles) como zanahoria, y la aplicación de un cálculo más restrictivo (la regla del 7) como palo. A partir de ahora, por debajo de 100 km/h se multará a los vehículos que superen el límite en 7 km/h (o sea con límite de 50, a los 58, y con el de 90, a los 98, en vez de la tolerancia normal del 10 % más 2 km/h de margen de ajuste como hasta ahora (con límite de 90 no se multaba hasta los 102). Y por encima de los 100 km/h, la “foto” nos la harán cuando se exceda el 7% de la velocidad (ahora es el 10%, de modo que a más de 120, no te multaban hasta exceder los 132, que con el margen de ajuste venían a ser los 134 km/h), o sea que por encima de 120 la multa nos cae a los 131 km/h. Eso en la España controlada por la Guardia Civil, porque en el País Vasco y Cataluña tienen sus propias normas. En definitiva, más de lo mismo y más leña al mono veloz. 

Tabla Velocidad Activacion radar2015